El reglamento de caza en Castilla La Mancha establece periodos específicos y regulaciones para la caza menor y mayor, así como para especies exóticas y el manejo de los Planes de Ordenación Cinegética.

A continuación, te presentamos un resumen de esta normativa actualizado en 2024:
Temporadas de caza en Castilla La Mancha
Caza Menor
| Categoría | Periodo Hábil | Detalles Adicionales | 
|---|---|---|
| Mamíferos y Aves No Migratorias | Del 8 de octubre al 8 de febrero | |
| Aves Migratorias No Acuáticas | Del 8 de octubre al 31 de enero | Cupos específicos para becadas y zorzales. | 
| Aves Migratorias Acuáticas | Del 15 de octubre al 31 de enero | Cupos máximos establecidos para diversas especies. | 
| Perdiz Roja con Reclamo | Periodos variados | Según la altitud de las comarcas. | 
| Cetrería | Del 8 de octubre al 8 de febrero | Adiestramiento permitido fuera del periodo hábil. | 
| Media Veda | Fechas y cupos detallados | Específica para codornices y palomas. | 
Caza Mayor
| Especie | Periodo Hábil | Detalles Adicionales | 
|---|---|---|
| Cervidos y Muflón | Del 8 de octubre al 21 de febrero | |
| Jabalí | Del 8 de octubre al 21 de febrero | Periodo especial para aguardos o esperas. | 
| Corzo | Periodos específicos | Para machos y hembras, en modalidad de rececho. | 
| Cabra Montés | Periodos definidos | Para machos y hembras en cotos autorizados. | 
¿Qué especies puedes cazar?
Caza Mayor
- Cabra montés, ciervo, corzo, gamo, jabalí, y muflón.
 
Caza Menor
- Mamíferos: Conejo, liebre, y zorro.
 - Aves No Migratorias: Incluye corneja negra y perdiz roja.
 - Aves Migratorias No Acuáticas: Como la becada y codorniz común.
 - Aves Migratorias Acuáticas: Ejemplos son el ánade real y la focha común.
 
Especies Exóticas
- Control de poblaciones: Especificado para el arruí.
 
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¿Prohibiciones que debes tener en cuenta?
Entre estas restricciones, se incluyen:
- Prohibiciones detalladas en el artículo 26 de la Ley de Caza: Estas son normas básicas que todo cazador debe conocer y respetar.
 - Uso indebido de munición y armas: Está prohibido el empleo de cartuchos de perdigones para la caza mayor, así como el uso de la ballesta, tanto como arma como trampa.
 - Restricciones en la utilización de visores térmicos: Específicamente, se prohíbe su uso en la caza de liebres, buscando una práctica más justa y equitativa.
 - Abandono de residuos: Los cazadores no deben dejar en el entorno natural vainas, casquillos de munición, ni otros utensilios o materiales que lleven consigo, excepto aquellos que, tras el disparo, sean de difícil recuperación, como tacos, perdigones o balas.
 - Regulaciones sobre las flechas para caza con arco: Se prohíben las puntas que dificulten la extracción, en forma de arpón, las puntas de entrenamiento para tiro al blanco, las explosivas, o aquellas que contengan sustancias paralizantes o venenosas.
 
Obligaciones para Titulares de Planes de Ordenación Cinegética
- Comunicación de Resultados: Obligatorio tras cada montería, gancho o batida.
 - Informe de Actividades Cinegéticas: Presentar resultados al finalizar el periodo de media veda.
 









