La normativa de caza en Castilla y León establece directrices claras para garantizar una actividad cinegética sostenible y respetuosa con el entorno natural. Esta región, rica en biodiversidad y tradiciones cinegéticas, requiere de una regulación precisa para equilibrar la pasión de los cazadores con la conservación del ecosistema.
Si estás considerando adentrarte en el mundo de la caza en Castilla y León o simplemente deseas estar informado sobre las regulaciones actuales, este artículo te proporcionará una visión detallada sobre la documentación necesaria, los tipos de licencias disponibles y las temporadas permitidas para cada especie. Asegúrate de estar bien informado y actuar siempre conforme a la normativa.
¿Qué documentos necesitas para cazar en Castilla y León?
La caza en Castilla y León, como en otras regiones, está regulada por una serie de normativas que garantizan una actividad responsable y sostenible. Si estás pensando en practicar la caza en esta comunidad autónoma, es esencial que conozcas la documentación necesaria para hacerlo de forma legal.
Documentación obligatoria para el cazador
- Documento de identidad: Esencial para acreditar tu identidad.
- Licencia de caza: Permite ejercer la actividad cinegética en la región.
- Autorización del titular cinegético: Debe ser escrita y firmada por ambas partes, especificando las condiciones de caza. No es necesaria si el titular está presente.
- Seguro de responsabilidad civil: Obligatorio si se utilizan armas.
- Documentación de armas: Si se emplean armas, es imprescindible contar con los documentos que acrediten su uso y tenencia legal.
- Documentación de otros medios de caza: Si se emplean otros medios que requieran autorización, es necesario presentar la documentación pertinente.
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Documentación específica según el medio de caza
- Armas de fuego: Licencia de armas, guía del arma y seguro de responsabilidad civil.
- Arco: Seguro de responsabilidad civil.
- Perros: Microchip y pasaporte para animales de compañía.
- Hurones: Microchip (si está vacunado contra la rabia).
- Aves de cetrería: Tarjeta de acreditación de tenencia.
Durante la actividad cinegética, el cazador debe portar su documento de identidad, la autorización del titular cinegético, y la documentación específica según el medio de caza utilizado. Es fundamental estar al día con estas regulaciones para garantizar una caza responsable y conforme a la normativa de Castilla y León.
Tipos de licencia de caza
Tipo de Licencia | Permite la caza con | Observaciones |
---|---|---|
Tipo A | Armas de fuego, arco, perros, aves de cetrería y hurones | Excluye la licencia Tipo C. Incluye la licencia Tipo B. |
Tipo B | Galgo | Especializada en caza con galgo. |
Tipo C | Uso de Rehala | Dedicada exclusivamente a la caza con Rehala. |
IC (Interautonómica) | Tipo A, Tipo B y Tipo C | Licencia amplia que abarca las tres anteriores. |
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Temporada de caza en Castilla y León
La normativa de caza en Castilla y León establece periodos específicos para la práctica cinegética, garantizando así una caza sostenible y respetuosa con el medio ambiente. A continuación, te ofrecemos una síntesis de las fechas más relevantes:
Periodo Global de Caza
- Duración: Desde el 1 de abril hasta el 31 de marzo del año siguiente.
Temporada General
- Caza de la liebre con galgo: Del 12 de octubre al cuarto domingo de enero.
- Caza menor (resto de especies y modalidades): Cuarto domingo de octubre al cuarto domingo de enero. Incluye las fechas de la «media veda».
- Días permitidos: Jueves, sábados, domingos y festivos nacionales y autonómicos.
- Zorro: Permitido durante la caza de especies de caza mayor.
Media Veda
- Del 15 de agosto al tercer domingo de septiembre: Se permite cazar codorniz, urraca, corneja, conejo y zorro.
- Del 25 de agosto al tercer domingo de septiembre: Se añaden tórtola común, paloma torcaz y paloma bravía.
- Días permitidos: Martes, jueves, sábados, domingos y festivos nacionales y autonómicos.
Palomas y Zorzales en Migración
- Duración: Desde el 1 de octubre hasta el segundo domingo de febrero.
- Días permitidos: Sin limitación.
Nota importante: En la caza menor, no se puede cazar tres días consecutivos sobre las mismas especies, a menos que el plan cinegético lo permita.
Fechas clave
A continuación, te presentamos un resumen de las fechas clave:
Especie | Periodo hábil | Modalidades |
---|---|---|
Ciervo, gamo | 1er domingo de septiembre – 4to sábado de septiembre (solo rececho y aguardo/espera); 4to domingo de septiembre – 4to domingo de febrero | Según planes cinegéticos. |
Muflón | Todo el año (solo rececho y aguardo/espera); 4to domingo de septiembre – 4to domingo de febrero | Todas sus modalidades. |
Corzo | 1 de abril – 1er domingo de agosto; 1 de septiembre – 2do domingo de octubre. Hembras: 1 de enero – 4to domingo de febrero | – |
Rebeco | 1 de mayo – 15 de julio; 1 de septiembre – 15 de noviembre | – |
Cabra montés | 1 de marzo – 30 de junio; 15 de septiembre – 15 de diciembre | – |
Jabalí | 4to domingo de septiembre – 4to domingo de febrero. Durante el periodo hábil del corzo con autorización. | Todas sus modalidades. |
Preguntas frecuentes:
- ¿Se puede cazar el jabalí durante un aguardo/espera o rececho de corzo? Sí, siempre que se tenga la autorización del titular cinegético.
- ¿Y durante un aguardo/espera o rececho de otras especies de caza mayor? No, a menos que el Plan cinegético lo contemple y se realice en su periodo hábil.