En este artículo, te explicaremos todo sobre la licencia de pesca fluvial en Murcia (requisitos, precios,…), para que puedas disfrutar de tu actividad favorita totalmente en regla.
Requisitos
Para pescar en Murcia, debes contar con los siguientes documentos:
- Licencia de pesca fluvial: Es la autorización principal y debe estar en vigor.
- Seguro de responsabilidad civil: Este seguro cubre daños que puedas causar a terceros.
- Seguro de daños propios: Es para cubrir accidentes que puedas sufrir tú mismo mientras pescas.
- Documento de identificación: Puede ser DNI o pasaporte para confirmar tu identidad.
- Permisos adicionales: Si utilizas métodos de pesca que requieren autorización especial, deberás tener el permiso correspondiente.
- Permisos para zonas especiales: Si vas a pescar en cotos, escenarios deportivos o tramos de formación, necesitas un permiso del gestor de la zona.
Si eres un menor de más de 12 años pero no estás emancipado, deberás tener autorización escrita de tus padres o tutores para obtener la licencia.
Precios
Aquí tienes una tabla detallada de los precios según el tipo de licencia en este 2024:
Tipo de Licencia | Requisitos | Duración | Precio |
---|---|---|---|
P | Seguro de responsabilidad civil y D.N.I. | 1 año | 10€ |
P | Menores de edad | 1 año | Gratis |
PE | Pensionistas y jubilados con acreditación | – | Gratuito |
E1 | Embarcaciones con motor | 1 año | 34,08€ |
E2 | Embarcaciones sin motor | 1 año | 17,03€ |
Detalles de los Tipos de Licencia
- Licencia Tipo P: Este tipo de licencia es para la pesca en aguas continentales, incluida la pesca de trucha y otras especies selectas. Se requiere presentar copia del seguro de responsabilidad civil y D.N.I.
- Licencia Tipo PM: Esta licencia es para menores de 18 años. Se necesita autorización paterna y una fotocopia del D.N.I. Además, si el menor no tiene D.N.I., se requiere una foto del mismo.
- Licencia Tipo PE: Es una licencia gratuita destinada a pensionistas y jubilados que acrediten su condición. Se debe presentar una fotocopia de la Tarjeta Sanitaria y del D.N.I.
- Licencia Tipo E1 y E2: Estas licencias son para embarcaciones. La «E1» es para embarcaciones impulsadas a motor y la «E2» para aparatos flotantes sin motor.
Si tienes dudas o necesitas más información puedes llamar al teléfono 968 362 000 y 012, o bien en el correo electrónico: cazaypesca@carm.es
Tramitar la licencia de forma presencial
Puedes hacerlo en cualquiera de las Oficinas de Asistencia en Materia de Registros (OAMR). Estas oficinas están repartidas por diferentes localidades en la Región de Murcia.
- Agendar Cita Previa: Puedes hacerlo telefónicamente al número 968362000 o a través de la página web correspondiente.
- Acudir a la Oficina: Ve a la oficina para la que has agendado tu cita.
- Entrega de Documentos: Proporciona al funcionario todos los documentos necesarios para tu tipo de licencia.
- Pago de la Tasa: Realiza el pago correspondiente a tu tipo de licencia.
- Recibir Licencia: Una vez verificada la información y realizado el pago, recibirás tu licencia.
Lista de Oficinas en la Región de Murcia
Nombre de la Oficina | Dirección | Código Postal | Localidad |
---|---|---|---|
Infante – Registro General CARM | Avenida Infante Juan Manuel, 14 | 30071 | Murcia |
Especializada en Educación | Avda. de la Fama, nº 15 | 30071 | Murcia |
Teniente Flomesta | Avda. Teniente Flomesta s/n | 30071 | Murcia |
Juan XXIII | Plaza Juan XXIII | 30071 | Murcia |
San Cristóbal | C/ San Cristóbal, 6 | 30001 | Murcia |
La Fama 3 | Avenida de la Fama, 3. Planta baja | 30071 | Murcia |
Santoña | Plaza Santoña, nº 6 | 30071 | Murcia |
Calasparra | Avenida Primero de Mayo, 30 | 30420 | Calasparra (Murcia) |
Cartagena – Edif. Admvo. Foro | C/ Campos, 4 Edif. Foro | 30201 | Cartagena (Murcia) |
Cieza | Edificio Municipal Atención al Ciudadano-C/ Paseo, 2 | 30530 | Cieza (Murcia) |
Lorca | C/ Puente de la Alberca, s/n – Complejo La Merced | 30800 | Lorca (Murcia) |
Santomera | C/ Cuatro Esquinas, nº 58 – «Casa Grande» | 30140 | Santomera (Murcia) |
Yecla | Plaza Mayor s/n | 30510 | Yecla (Murcia) |
Puedes hacerlo telefónicamente al número 968362000 o a través de la página web correspondiente.
Tramitar la licencia online
Para acceder a los servicios en línea, es obligatorio disponer de uno de los siguientes métodos de identificación electrónica:
- Cl@ve (PIN o permanente)
- Certificado digital
- DNI Electrónico
¿Cómo Obtener la Identificación?
Si aún no tienes ninguno de estos métodos, puedes registrarte en el sistema de identificación y firma Cl@ve.
1. Acceso a la Plataforma en Línea
Ingresa a la plataforma en línea donde se realiza el trámite. Generalmente, este será el sitio web de la administración pesquera o medioambiental correspondiente.
2. Identificación Electrónica
Elije uno de los métodos de identificación electrónica disponibles y sigue los pasos que te indique el sistema.
3. Revisión de la Guía de Procedimientos
Antes de rellenar el formulario, consulta la guía de procedimientos relevantes para asegurarte de que comprendes todos los pasos que debes seguir.
4. Relleno del Formulario
Cumplimenta el formulario con los datos solicitados. No omitas ningún campo que se marque como obligatorio.
5. Adjuntar Documentos
Adjunta todos los documentos requeridos. Ten en cuenta que el tamaño máximo de cada archivo no puede superar los 5 MB y el total de los archivos 10 MB.
6. Firma Electrónica y Envío
Una vez que todo esté en orden, firma electrónicamente el documento y envía tu solicitud.
Confirmación y Recibo
Al terminar, recibirás un recibo en formato PDF firmado electrónicamente. Este recibo incluirá detalles como el número de registro, la fecha y la hora, y un código de verificación.
Consulta del Estado de Tu Solicitud
Si en algún momento deseas revisar el estado de tu solicitud, puedes hacerlo en la sección correspondiente de la plataforma en línea.
Disponibilidad del Servicio
Este servicio en línea está disponible las 24 horas del día, con excepciones por mantenimiento técnico.
Normativa de pesca fluvial en Murcia (resumida)
Especies pescables:
- Barbo gitano (Luciobarbus sclateri)
- Boga de río (Pseudochondrostoma polylepis)
- Gobio (Gobio lozanoi)
- Carpín dorado (Carassius auratus)
Especies exóticas invasoras pescables (con limitaciones):
- Trucha arcoíris (Oncorhynchus mykiss) (en cotos específicos)
- Lucioperca (Sander lucioperca) (en todo el río Segura)
- Lucio (Esox lucius) (en un tramo del río Segura)
- Black-bass (Micropterus salmoides) (en todo el río Segura y embalses específicos)
- Carpa (Cyprinus carpio) (en todos los cursos y masas de agua)
- Cangrejo rojo (Procambarus clarkii) (en todos los cursos y masas de agua)
Zonas de pesca:
- Ríos, embalses y cotos específicos.
- Las zonas vedadas se encuentran en el Anexo IV de la Orden.
Fechas y horarios:
- Se puede pescar todo el año, fuera de las zonas vedadas.
- El horario general es de una hora antes de la salida del sol a una hora después de su puesta.
- En cotos y zonas específicas, los horarios pueden variar (ver Anexos I, II y III).
Tallas mínimas:
- Barbo gitano: 20 cm
- Boga de río: 10 cm
- Gobio: 10 cm
Artes de pesca:
- Se permiten dos cañas por pescador, con dos anzuelos por caña.
- Se prohíbe la pesca con pez vivo como cebo.
- Se prohíben las redes y otros medios masivos de captura.
Normas complementarias:
- La pesca del barbo gitano es «sin muerte» durante todo el año.
- Los ejemplares de carpa no pueden ser devueltos al agua.
- Se prohíbe la apertura de nuevos caminos para la pesca.
- En las competiciones, los peces deben mantenerse vivos y devolverse al agua, excepto las especies exóticas invasoras y la carpa.
- Se deben tomar precauciones para evitar la propagación de especies exóticas invasoras.
- Los pescadores deben comunicar la captura de peces marcados.
- Los titulares de cotos deben presentar una memoria anual de capturas.
Infracciones y sanciones:
- Las infracciones a la normativa se sancionarán conforme a la Ley 7/2003 y la Ley 42/2007.
Disposiciones adicionales:
- Se establecen valores de indemnización por ejemplares capturados o dañados ilegalmente.
- La presente Orden estará en vigor hasta la entrada en vigor de la siguiente Orden de vedas, con una vigencia máxima de 3 años.
Para más información:
- Consulte la Orden completa en el Boletín Oficial de la Región de Murcia: https://www.boe.es/
- Visite la web de la Consejería de Medio Ambiente: https://www.carm.es/caa
Nota:
- Esta información es un resumen y no debe considerarse como asesoramiento legal.
- Siempre consulte la normativa completa para obtener la información más reciente y precisa.