La regulación de la pesca recreativa en Galicia implica una serie de normativas y restricciones específicas para asegurar una práctica sostenible y respetuosa con el medio ambiente. Estas sanciones buscan garantizar la protección de los ecosistemas marinos y el cumplimiento de las leyes de pesca. En este artículo te explicamos todo sobre las sanciones y multas relacionadas con la pesca en Galicia 2024.
Multas por infracciones leves de pesca en Galicia
En el ámbito de la pesca recreativa, las infracciones leves incluyen:
- No llevar o no exhibir la licencia de pesca recreativa: Es obligatorio portar y mostrar la licencia que autoriza la práctica de la pesca recreativa. Sin embargo, se exime de responsabilidad si, dentro de las 24 horas siguientes, se presenta la documentación requerida ante la autoridad competente.
- Inmersiones en zonas prohibidas para pesca submarina: Realizar inmersiones en áreas reservadas o prohibidas para la pesca submarina sin la notificación o autorización previa de la Consellería competente en materia de pesca, marisqueo y acuicultura.
- Incumplimiento de distancias mínimas: No respetar las distancias mínimas establecidas en la normativa vigente para la pesca recreativa.
Tipos de Sanciones: Las sanciones aplicables por cometer estas infracciones incluyen:
- Apercibimiento: Advertencia formal por la infracción cometida.
- Multa económica: Las multas varían entre 30 y 150 euros para infracciones leves.
Otras Sanciones Relevantes: Además de las multas, la ley contempla otras sanciones para infracciones más graves, que pueden incluir:
- Inhabilitación temporal para actividades pesqueras o marisqueras.
- Suspensión o retirada de autorizaciones.
- Exclusión de préstamos, subvenciones o ayudas públicas.
- Decomiso de equipos o productos obtenidos mediante la infracción.
- Clausura temporal de establecimientos de cultivos marinos.
- Restitución o corrección de los efectos causados por la infracción.
Multas por infracciones graves de pesca en Galicia
Entre las acciones consideradas como infracciones graves, se encuentran:
- Cuarta infracción leve en dos años: Cometer una cuarta infracción leve en un periodo de dos años.
- Pesca sin licencia: Practicar la pesca recreativa sin tener la licencia necesaria.
- Uso de útiles prohibidos: Emplear útiles reglamentariamente prohibidos para la captura de especies marinas.
- Incumplimiento de días y horarios: No respetar los días y horarios establecidos para la pesca marítima de recreo.
- Pesca en zonas o épocas prohibidas: Realizar pesca recreativa en fondos prohibidos, en zonas o épocas vedadas, o de especies no permitidas.
- Captura de especies de talla o peso inferior: Pescar especies cuyo tamaño o peso sea inferior al establecido en la normativa.
- Exceder los topes de captura: No cumplir con los límites de captura establecidos para la pesca marítima de recreo.
- Comercialización de especies capturadas: Vender las especies obtenidas mediante la pesca marítima de recreo.
- Uso de equipos de respiración o vehículos para la captura: Utilizar equipos de respiración autónomos, semiautónomos o vehículos similares en la captura de especies marinas.
- Empleo de luces artificiales o medios de atracción: Usar luces artificiales o cualquier otro medio para atraer o concentrar especies.
- Uso de sustancias prohibidas: Aplicar sustancias venenosas, narcóticas, explosivas o contaminantes.
- Falta de balizamiento reglamentario: No disponer del balizamiento reglamentario requerido.
Sanciones Económicas y Accesorias: Las sanciones para estas infracciones graves incluyen:
- Multa económica: Las multas para infracciones graves varían entre 151 y 3.000 euros.
- Sanciones accesorias: Además, se pueden aplicar sanciones adicionales como la suspensión, retirada o no renovación de autorizaciones y el decomiso de aparejos, artes, útiles, embarcaciones o equipos usados en la comisión de la infracción, o de los productos obtenidos.
Periodo de Aplicación de Sanciones Accesorias: Estas sanciones accesorias pueden aplicarse por un periodo máximo de:
- Tres años para infracciones graves.
- Cinco años para infracciones muy graves.
Multas por infracciones muy graves de pesca en Galicia
Las acciones consideradas como infracciones muy graves incluyen:
- Cuarta infracción grave en dos años: Cometer una cuarta infracción grave dentro de un periodo de dos años.
- Alteración fraudulenta de la licencia: Modificar los datos o usar de manera fraudulenta la licencia de pesca recreativa.
- Obtención ilícita de la licencia: Conseguir la licencia de pesca recreativa utilizando documentos, datos o información falsos.
Sanciones Económicas y Accesorias: Para estas infracciones muy graves, las sanciones son considerables:
- Multa económica: Las multas establecidas para infracciones muy graves oscilan entre 3.001 y 18.000 euros.
- Sanciones accesorias: Además, pueden aplicarse sanciones adicionales, como la suspensión, retirada o no renovación de autorizaciones, y el decomiso de aparejos, artes, útiles, instrumentos, embarcaciones o equipos empleados para la comisión de la infracción, o de los productos obtenidos.
Duración de las Sanciones Accesorias: Las sanciones accesorias para infracciones muy graves pueden extenderse hasta un máximo de cinco años.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto es la multa por pescar sin licencia en Galicia?
Aquí hay que diferenciar dos casos. En el primer caso, si dispones de la licencia de pesca pero no la llevas contigo estaríamos hablando de una infracción leve, es decir de una multa de entre 30 y 150 euros siempre que puedas presentar la licencia en un plazo de 24 horas. Si no tienes la licencia entonces sería una infracción grave, cuya multa ascendería a una cantidad entre 151 y 3.000 euros.
¿Cuánto es la multa por pescar fuera del horario permitido en Galicia?
La multa por pescar fuera del horario permitido en Galicia, considerada una infracción grave, varía entre 151 y 3.000 euros.
Fuentes
- BOE: LEY 8/2004, de 30 de julio, de protección, control, infracciones y sanciones en materia marítimo-pesquera de Galicia.