Resumen de la normativa de pesca en Madrid actualizada en 2024: podrás ver de forma sencilla qué, dónde y cuándo pescar en la Comunidad de Madrid.
¿Qué especies están permitidas para la pesca?
Al planear tu salida de pesca en Madrid, es esencial conocer las especies que puedes capturar. La normativa actual define claramente qué peces están permitidos y los límites aplicables. Aquí te lo simplificamos:
Especies Permitidas para Captura
- Trucha común: Solo se permite la práctica de captura y suelta, es decir, debes liberarla inmediatamente.
- Barbo común, Boga de río, Cacho y Tenca: Puedes capturar hasta 12, 8, 8 y 8 ejemplares por día, respectivamente, siempre que superen los 18 cm y 12 cm de longitud, según corresponda a cada especie.
- Carpín y Carpín sin madre: Sin límites de captura y sin tamaño mínimo requerido.
- Gobio: Hasta 8 ejemplares diarios con un mínimo de 8 cm de longitud.
Especies Cuya Captura Está Prohibida
- Anguila (Anguilla anguilla)
- Barbo comizo (Luciobarbus comizo)
- Calandino (Iberocypris alburnoides)
- Lamprehuela (Cobitis calderoni)
- Bermejuela (Achondrostoma arcasii)
- Colmilleja (Cobitis paludica)
- Pardilla (Iberochondrostoma lemmingii)
- Cangrejo autóctono (Austropotamobius pallipes)
Si accidentalmente capturas alguno de estos ejemplares, es tu responsabilidad devolverlo al agua inmediatamente, procurando causar el menor daño posible.
Especies exóticas
Especies Exóticas: Manejo Responsable
Las especies exóticas invasoras son objeto de pesca por razones de control:
- Alburno, Black Bass, Carpa, Lucio, Lucioperca: Sin restricción de cuotas ni tamaños mínimos.
- Trucha arcoíris: Permitida solo para captura y suelta en áreas designadas.
- Cangrejo señal y Cangrejo rojo: Deben ser retirados del agua y no se pueden liberar.
Especies Exóticas Prohibidas para la Pesca
No debes pescar las siguientes especies:
- Gambusia
- Pez gato
- Percasol
- Pseudorasbora
- Salvelino
- Escardino
Recuerda, la conservación es clave: si pescas una especie que no alcanza el tamaño mínimo, debes devolverla al agua con cuidado
¿Dónde está permitido pescar en Madrid?
Tipo de Agua | Descripción | Requisitos | Normas |
---|---|---|---|
Aguas Libres | Aguas públicas no señalizadas como vedadas. | Licencia de pesca válida | Normativa general de pesca. |
Cotos de Pesca | Zonas delimitadas para pesca recreativa ordenada. | Licencia de pesca y permiso de coto | Normas específicas del coto. |
Aguas Privadas | Se pesca bajo un Pliego de Condiciones específico. | Permiso del propietario | Normas específicas del propietario. |
Tramos de Pesca Controlada (TPC) | Pesca con permiso especial para la fecha seleccionada. | Licencia de pesca y permiso TPC | Devolver especies autóctonas y reportar capturas. |
Tramos de Pesca Experimental | Pesca para fines científicos con captura moderada. | Permiso específico | Seguimiento de poblaciones piscícolas. |
Tramos de Captura y Suelta | Práctica obligatoria los lunes (excepto en cotos con normas especiales). | Licencia de pesca | Liberar peces con cuidado. No retener capturas en días de captura y suelta. |
Cotos para la Trucha Arcoíris | Pesca permitida solo en cotos intensivos autorizados. | Licencia de pesca y permiso de coto específico | Normas específicas del coto. |
Zonas Vedadas | Prohibido pescar por motivos de conservación y regulación. | – | – |
Normas de Convivencia:
- Mantén una distancia mínima de 10 metros entre pescadores.
- No pescar a menos de 50 metros de presas y estructuras similares.
- No pescar especies exóticas invasoras.
- Consulta la normativa de pesca vigente antes de salir a pescar.
- Respeta las zonas vedadas y las normas de pesca específicas.
- Practica la pesca responsable y sostenible.
¿Cuándo está permitido pescar en Madrid?
Periodos y Zonas de Pesca
- Todo el año: Pesca fuera de la zona truchera, excepto menciones específicas.
- Zona truchera:
- Días inhábiles: Jueves no festivos, salvo en tramos acotados según Anexo II.
- Período hábil para la trucha: Segundo domingo de marzo al tercer domingo de julio.
- Veda de trucha: Prohibición de pesca de otras especies en aguas trucheras, excepto autorizaciones especiales.
Obligaciones y Excepciones
- Lunes todo el año: Obligatorio practicar «captura y suelta» de especies autóctonas, salvo especies del Catálogo de Especies Exóticas Invasoras. Posibilidad de «pesca sin muerte» en jornadas deportivas.
- Horario de pesca: Desde una hora antes de la salida del sol hasta una hora después de su puesta. Horarios especiales para concursos deportivos bajo autorización.
Especies y Tramos Específicos
- Embalse de Pinilla y tramos de pesca controlada: Permisión de pesca de cangrejo no autóctono y otras especies no salmonícolas hasta el 12 de octubre.
Artes y Métodos de Pesca Autorizados y Prohibidos en la Comunidad de Madrid
Artes Autorizadas para la Pesca
Arte de Pesca | Especies Autorizadas | Observaciones |
---|---|---|
Caña y anzuelo | Piscícolas | Uso generalizado |
Retel o lamparilla | Cangrejos | Máximo de 8 por pescador, en tramos de hasta 100 metros |
Artes y Métodos Prohibidos
Método Prohibido | Razón de Prohibición |
---|---|
Redes, trasmallos | Pesca masiva y no selectiva |
Sedales durmientes | |
Pesca a mano | |
Otros métodos no selectivos |
Cebos Autorizados
Zona | Cebos Naturales | Cebos Artificiales |
---|---|---|
Fuera de zona truchera | Lombriz, canutillo, etc. | Cucharilla, mosca, vinilos, etc. |
Zona truchera | Lombriz de tierra, canutillo, gusarapa | Cucharilla, mosca, sin masillas |
Embalses específicos | Maíz | No aplicable |
Captura y suelta | No aplicable | Mosca artificial, ninfa, streamer |
Prohibiciones Generales
- Uso de redes, trasmallos, y cualquier arte de pesca masivo.
- Más de dos cañas por persona (una en zona truchera), o más de 8 reteles por pescador.
- Barreras/encauzamientos, luces, aparatos punzantes o paralizantes, y sustancias químicas/explosivas.
- Señuelos con más de tres anzuelos y cebos vivos/muertos de especies invasoras.
- Empleo de pez vivo/muerto o sus partes en zona truchera.